POLÍTICA REGIONAL

Alpesca: el fiscal desistió de acusar a Buzzi, Eliceche y Dufour y fueron sobreseídos

28.08.2018

La jueza Mirtha Moreno lo dispuso en relación al crédito de $ 10 millones concedido por el Gobierno provincial a la exAlpesca en 2013. "Sí hubo apresuramiento o negligencia para 'apagar el incendio', lo cierto es que no hubo dolo por parte de los funcionarios”, indicó la magistrada.

La jueza Mirtha Moreno dispuso este lunes el sobreseimiento de los imputados por “administración fraudulenta” en relación al crédito de 10 millones concedido por parte del Gobierno Provincial a la ex Alpesca en el año 2013. La audiencia se realizó la mañana del lunes en la Oficina Judicial de Rawson. El pedido de sobreseimiento fue realizada por el Ministerio Público Fiscal, en cabeza del fiscal Daniel Báez, y se dio para el exgobernador Martín Buzzi, los por entonces ministros Carlos Eliceche y Gabriela Dufour, los exsíndicos de Corfo, y los empresarios Omar y Juan Paulo Segundo, al sostener que no se presentará la acusación por el crédito concedido en 2013 a la ex pesquera.


“El perjuicio no puede ser acreditado. Lo concreto y real es que el dinero fue par los trabajadores de Alpesca”, dijo el fiscal Daniel Báez y sostuvo que “no hay elementos para demostrar las circunstancias en un posible juicio oral y público”.

En la audiencia, realizada en Rawson, se dio por extinguida la acción por parte de los Diputados querellantes, quienes no se presentaron a la audiencia.

Los defensores pidieron que se hagan cargo de las costas del proceso al impulsar la denuncia. La Fiscalía de Estado, en cabeza de Martín Castro, pretendió avanzar en la acusación hacia Martín Buzzi y Gabriela Dufour, pero fue rechazada por la jueza por considerar que no contaban con elementos.

La jueza dictó el sobreseimiento definitivo y declaró el fin de la acción penal. "Si hubo apresuramiento o negligencia para 'apagar el incendio', lo cierto es que no hubo dolo por parte de los funcionarios”, indicó Moreno y “valoró la decisión del doctor Báez por su deber de objetividad, quien debe actuar no sólo acusando sino también, cuando advierte que no se puede llegar a esa finalidad, debe actuar a favor del imputado, lo que se ha hecho en esta audiencia”.

Fuente: Diario Jornada

comentarios
0

IMPORTANTE: Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellas pueden ser pasibles de las sanciones legales que correspondan. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algun comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar.

campos obligatorios

LO MAS RECIENTE
Schiavini sobre salmoneras: «Hablar de miles de millones de dólares para Tierra del Fuego es un engaño»

20.08.2025

Especialistas, organizaciones y vecinos se reunieron en el Centro Cultural Actuar para un conversatorio titulado «La defensa del mar». El evento tuvo como objetivo discutir las posibles consecuencias de la salmonicultura en aguas fueguinas, en el contexto de la actual discusión en la Legislatura fueguina sobre la modificación de la Ley provincial 1355, sancionada por unanimidad en 2021.

Nuevo límite a la política antisindical de Milei

20.08.2025

La Justicia Nacional del Trabajo declaró la inconstitucionalidad de los artículos 8 y 9 del Decreto Nº 115/25 que había declarado la caducidad del Convenio Colectivo de Trabajo que rige en Yacimiento Carbonífero Río Turbio (YCRT), suscripto por ATE en representación de los mineros (CCT 3/75 E