Nuevo régimen de regularización de deudas impositivas en Tierra del Fuego: hasta 60 cuotas y sin condonación de intereses
19.10.2026
La Agencia de Recaudación Fueguina puso en marcha un nuevo régimen especial para financiar deudas tributarias en hasta 60 cuotas mensuales. La medida busca reducir la morosidad en un contexto económico complejo, aunque no contempla quitas de intereses ni condonación de multas.
Nuevo régimen de regularización de deudas impositivas en Tierra del Fuego: hasta 60 cuotas y sin condonación de intereses
“La medida busca reducir la morosidad tributaria ante las dificultades económicas que atraviesan los sectores comerciales, industriales y de servicios.”
La Agencia de Recaudación Fueguina (AREF) lanzó un nuevo plan de regularización de deudas impositivas que permitirá financiar obligaciones fiscales en hasta 60 cuotas mensuales, con tasas de interés escalonadas según el plazo elegido. El régimen, establecido por la Resolución General AREF 709/2026, comenzó a regir el 15 de octubre y estará vigente hasta el 31 de diciembre.
El organismo justificó la medida en el aumento de la morosidad entre contribuyentes y en las dificultades económicas que atraviesan los sectores comerciales, industriales y de servicios. El objetivo es facilitar la cancelación de obligaciones devengadas al 30 de septiembre de 2026 y mejorar el recupero de recursos adeudados al Estado provincial.
“El nuevo régimen permitirá financiar deudas en hasta 60 cuotas mensuales y consecutivas, con un importe mínimo de 20.000 pesos por cuota.”
Las tasas de financiación serán del 0% para planes de 2 a 6 cuotas; 1% para 7 a 12; 1,5% para 13 a 24; y 2% para 25 a 60 cuotas, calculadas mediante el sistema francés de amortización. Podrán regularizarse deudas de Ingresos Brutos, Sellos, Inmobiliario Rural, tasas de verificación, multas, intereses y otros accesorios fiscales. También se podrán incorporar obligaciones provenientes de planes caducos y deudas en instancia administrativa o judicial.
Para agentes de retención y percepción que hayan retenido o percibido impuestos sin ingresarlos, el plazo máximo será de 12 cuotas.
Sin quita de intereses ni multas
A diferencia de las moratorias de 2024 y 2025, el nuevo régimen no contempla condonación de intereses ni sanciones. Tampoco podrán incluirse obligaciones que al 30 de septiembre estuvieran en planes vigentes y no caducos. Quedan excluidos contribuyentes involucrados en procesos por delitos tributarios o denuncias penales vinculadas a incumplimientos fiscales.
La adhesión será digital mediante la Ventanilla de Trámites de AREF. El plan se confirmará con el pago de la primera cuota y las restantes se abonarán por débito automático. El incumplimiento de dos cuotas —consecutivas o alternadas— provocará la caducidad automática del plan.
En el caso de deudas judicializadas, la adhesión implicará el reconocimiento de la obligación y el desistimiento de acciones legales, aunque los embargos no se levantarán automáticamente y se mantendrán hasta la cancelación total, salvo excepciones previstas.
Dos moratorias previas
El nuevo régimen sucede a los planes especiales de 2024 y 2025, que sí incluían quitas de intereses y condonación de multas. La principal diferencia es que ahora no hay beneficios por tamaño de contribuyente ni reducciones de sanciones, lo que marca un giro hacia un esquema más estricto y uniforme.
Fuente: CONSENSO PATAGONICO


